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Anuncia Secretaría de Finanzas condiciones de operación para establecimientos de bebidas alcohólicas

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La Secretaría de Finanzas, a través de la Subsecretaría de Ingresos, anuncia las condiciones de operación de establecimientos de alcohol, donde se instituyen días y horario de venta de bebidas alcohólicas.

Asimismo la dependencia exhorta a los propietarios de establecimientos a que acudan a la Oficina Fiscal más cercana a realizar su contribución tributaria, con el objeto de garantizar las condiciones de operación para estos establecimientos.

Estos reglamentos, tienen como finalidad establecer las bases y modalidades que regirán los tipos de establecimientos, días autorizados, funcionamiento, horario y condiciones de operación de las sociedades destinados al almacenamiento, distribución y consumo de bebidas alcohólicas en el estado.

Para los efectos de esta ordenanza se entenderá: Los abarrotes, expendios o depósitos, licorerías, minisupers y supermercados, operarán de lunes a sábado, en horario de 10:00 a 24:00 horas y domingos de 10:00 a 20:00 horas; con venta sólo en envase cerrado.

Agencias, subagencias, distribuidora, almacenes, envasadoras y bodegas, de lunes a domingo, a partir 07:00 a 19:00 horas, con venta envase cerrado.

Las cantinas o tabernas y cervecerías, de lunes a sábado, en horario de 10:00 a 24:00 horas, con venta en envase abierto al copeo.

Locales, como loncherías, fondas, coctelerías, taquerías, comedores, cenadurías, y otros establecimientos similares que tengan por actividad la enajenación y consumo de alimentos, su horario establecido es de 10:00 a 24:00 horas, todos los días y la venta es envase abierto al copeo exclusivamente cerveza y alimentos.

Billares y boliches, sus días de operación es de lunes a sábado, a partir de 12:00 a 24:00 horas y domingos de 12:00 a 22:00 horas, con venta en envase abierto al copeo.

Para, centros recreativos, deportivos o clubes, centros de espectáculos, casinos, círculos o clubes sociales, café cantantes, sus días autorizados son de lunes a sábado, en horario de 12:00 a 02:00 horas del día siguiente y domingos, a partir de 12:00 a 24:00 horas.

Cabarets o centros nocturnos y discotecas, de domingo a jueves, de 20:00 a 02:00 horas del día siguiente, viernes y sábado, iniciando a las 20:00 a 04:00 horas del día siguiente, la venta de bebida es en envase abierto.

Y los establecimientos como: bares, bares de hotel y motel, restaurantes y restaurantes bar, operan de lunes a sábado en horario de 10:00 a 02:00 horas del día siguiente y domingos de 10:00 a 24:00 horas, en envase abierto. Salones de recepción de lunes a sábado de 10:00 a 04:00 horas del día siguiente y los domingos de 10:00 a 24:00 horas, sólo en envase abierto.

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